PLAN MUJER RIPLEY
El primer y único seguro para la mujer de hoy. Contamos con dos planes los cuales se ajustan a tus necesidades. Para ambos casos la vigencia es de un año.
| Cobertura |
Plan A |
Plan B |
| Muerte accidental |
S/. 10,000.00 |
S/. 25,000.00 |
| Doble indemnización por muerte en transporte público |
S/. 10,000.00 |
S/. 25,000.00 |
| Indemnización por cáncer de mamas y útero |
S/. 3,500.00 |
S/. 10,000.00 |
| Prima total mensual |
S/. 9.99 |
S/. 14.90 |
PERIODO DE CARENCIA
La cobertura de indemnización por cáncer de mamas y útero tiene un periodo de carencia de 3 meses.
SERVICIOS ADICIONALES
| |
Plan A |
Plan B |
| Asistencia al hogar: gasfitería, cerrajería, electricidad, y rotura de vidrios (máximo 1 por año) |
si |
no |
| Asistencia automotriz (máximo 2 por año) |
si |
si |
| House keeping (deducible S/.10) 2 casos al año x 1 días c/u |
no |
si |
EXCLUSIONES
- a) Enfermedades pre-existentes a la fecha de inicio del seguro o cualquiera de sus rehabilitaciones o a consecuencia de enfermedades infecto contagiosas con características de plagas o epidemias que sean materia de aislamiento o cuarentena.
- b) Fallecimiento ocurrido durante los primeros 6 meses de vigencia del seguro de o cualquiera de sus rehabilitaciones a consecuencia de:
- Cáncer
- Diabetes Mellitas
- Tuberculosis
- Insuficiencia renal
- Accidente Cerebro Vascular
- Sida
- Suicidio
- c) Los producidos como consecuencia directa o indirecta de la reacción nuclear o contaminación radioactiva.
- d) Los ocasionados como consecuencia de Guerra Civil o internacional (declarada o no); así como a consecuencia de participación directa en huelgas o vandalismo.
- e) A consecuencia de participación activa de tumulto popular y/o terrorismo.
- f) El resultante de homicidio por un Beneficiario de esta Póliza o un integrante del Grupo Asegurado.
- g) A consecuencia de participación del asegurado como conductor o acompañante, en carreras o ensayos de velocidad o resistencia de automóviles, motocicletas, lanchas a motor o avionetas.
- h) El riesgo de aviación, salvo que el asegurado esté viajando en calidad de pasajero en aeronaves con capacidad mayor a diez plazas de pasajeros y de empresas de transporte público comercial, con itinerarios, escalas y horarios predeterminados, con intervención del organismo nacional o internacional competente.
- i) Fenómenos catastróficos de la naturaleza como terremotos, inundaciones, aluviones, huaicos, etc. y en general todo hecho que por su magnitud y gravedad sea calificado por el Gobierno como catástrofe o calamidad nacional.
- j) Participación en actos delictivos o infractorios de leyes y/o reglamentos o accidentes producidos cuando el asegurado se encuentre bajo la influencia del alcohol o drogas que no correspondan a un tratamiento médico y a consecuencia directa de su estado.
Atención de Reclamos
- Para canalizar la atención de reclamos, el asegurado y/o los usuarios deberán dirigir a Mapfre y/o a BANCO RIPLEY S.A, una carta con indicación clara y precisa de su nombre completo, datos de identificación, domicilio, número de póliza, nombre del producto / servicio afectado y una breve explicación del hecho reclamado.
- La respuesta al reclamo será remitida al usuario en un plazo no mayor a 30 días de presentada la carta a la compañía. Los plazos de respuesta podrán ser ampliados cuando al complejidad y naturaleza del reclamo lo justifique.
- Si no fuera posible ubicar al reclamante en el domicilio indicado por este en su carta, se le tendrá por desistido.
- Asimismo el Asegurado y/o Usuario de los servicios de seguros, puede acudir a la Defensoría del Asegurado para resolver controversias que surjan del presente contrato, cuando el monto reclamado no exceda de US$ 50,000 o su equivalente en nuevos soles, siempre que se haya agotado previamente la vía interna ante la Compañía de Seguros.
DEFENSORIA DEL ASEGURADO
- La Defensoría del Asegurado, opera en:
Calle Arias Aragüez 146, San Antonio
Miraflores, Lima Perú
Telefax 446 91 58
www.defaseg.com.pe